Inédita condena en Paraguay: 12 años de prisión por violencia psicológica ejercida mediante llamadas y mensajes desde la cárcel
Un hombre fue condenado a 12 años de prisión por ejercer violencia psicológica contra la madre de sus tres hijos mediante amenazas enviadas por llamadas, mensajes de texto, audios y videos desde la cárcel. La sentencia es considerada histórica por tratarse de la pena más alta impuesta en Paraguay por este tipo de delito.
El Tribunal condenó al acusado —cuya identidad se mantiene en reserva para proteger los derechos de sus hijos menores de edad— a 10 años de prisión, además de dos años de medida de seguridad, tras ser hallado culpable del hecho punible de violencia familiar en la modalidad agravada de violencia psicológica por medios telemáticos.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Especializada de Lucha contra la Violencia Familiar y de Género, sede Asunción, que logró reunir pruebas contundentes para demostrar la responsabilidad del condenado.
Según la Fiscalía, el hombre sometió a la víctima a un constante hostigamiento mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto, audios y videos con amenazas de muerte, enviadas de forma reiterada durante un año y diez meses.
Lo llamativo del caso es que todas las amenazas fueron realizadas desde el establecimiento penitenciario donde el condenado ya se encontraba recluido, cumpliendo otras sentencias por hechos de violencia.
Como parte de las evidencias, la Fiscalía incorporó un informe psicológico elaborado mediante el instrumento SARA (Spousal Assault Risk Assessment), utilizado internacionalmente para evaluar el riesgo de violencia contra la pareja. El estudio permitió respaldar el impacto psicológico sufrido por la víctima y el nivel de riesgo existente.
El historial judicial del condenado también fue determinante durante el proceso. En 2018 ya había sido sentenciado por violencia familiar y, posteriormente, en 2023, recibió otra condena de tres años de prisión por hechos similares.
Con este fallo, la Justicia paraguaya establece un precedente relevante en la sanción de la violencia psicológica ejercida a través de medios tecnológicos, reafirmando que las amenazas y el hostigamiento digital también constituyen graves formas de violencia familiar.